El Juez Único de la RFEP ha dado la razón a la Sociedad Cultural y Deportiva de Ribadesella anulando la descalificación de Miguel Llorens y Alberto Plaza en el Selectivo Nacional de Maratón (Campeonato de España de Verano) disputado el 13 de julio pasado en Ponte Sampaio (Pontevedra). El juez ha apreciado una “circunstancia atenuante modificativa de responsabilidad disciplinaria deportiva”, y solo les impone una “amonestación pública” como sanción. Es decir, no habrá castigo y la mejor K2 Senior de la SCD estará el próximo 9 de agosto en la salida del 87º Descenso Internacional del Sella.
El Juez ha estimado la apelación riosellana y rechazado la descalificación de los dos piragüistas que el mismo día de la prueba decretó el Comité de Competición tras los incidentes ocurridos al término de la misma. Es decir, la “proliferación de insultos” de Alberto Plaza al colectivo arbitral (“sois unos inútiles”) y las amenazas de muerte e insultos (“hijo de puta”) de Miguel Llorens a Iván Alonso.
Para llegar a esta conclusión ha sido crucial el testimonio “contundente y convincente” de otros piragüistas que fueron testigos de todo lo acontecido en los metros finales de la regata, antes del último porteo. Según la declaración escrita de los hermanos Guillermo y Daniel Pérez García, piragüistas de Los Cuervos de Pravia, “pudimos ver, cómo la embarcación combinada dirigida por Iván Alonso embestía hasta en dos ocasiones consecutivas” a la formada por los deportistas de La Cultural, Llorens y Plaza. Y añaden que la maniobra “nos pareció premeditada” y que como consecuencia de la segunda embestida “se produjo el vuelco de la embarcación de los palistas de Ribadesella”.
Así, Llorens y Plaza se vieron obligados a remolcar su embarcación “hasta las piedras de la orilla, para vaciar el agua y volver a la competición, perdiendo cualquier opción de disputar la prueba”. Los hermanos Pérez García fueron testigos de esta maniobra al encontrarse a escasos metros por detrás de los palistas reseñados.
Este testimonio ha sido crucial para el Juez Único en su decisión de rebajar la sanción a los piragüistas de La Cultural. Da por hecho que hubo una “provocación” previa que “alteró y perturbó” la conducta posterior de los riosellanos en línea de meta. Además, teniendo en cuenta que nunca antes habían sido sancionados en el transcurso de sus vidas deportivas, el juez considera que la “infracción grave” con la que fueron sancionados por el Comité de Competición debe quedar reducida a una “amonestación pública” con objeto de corregir su conducta y prevenir futuras infracciones, manteniendo la disciplina y el juego limpio en la competición.
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