El Ayuntamiento de Piloña se incorpora a la relación de Consistorios de la comarca que ya han aprobado una serie de medidas fiscales para aliviar la situación económica de sus vecinos y empresarios en este período de crisis.
De este modo, la liquidación de los precios públicos establecidos por el Ayuntamiento de Piloña por la realización de actividades prohibidas en el Real Decreto que regula el Estado de Alarma queda en suspenso mientras dure la prohibición. En caso de ser un precio publico liquidable por trimestres o a primeros de mes, la cuota correspondiente al mes de marzo se compensará de oficio en la próxima liquidación que se efectué.
Respecto a las tasas por ocupación del dominio publico (terrazas por ejemplo), el Ayuntamiento procederá a suspender el devengo del tributo durante la duración del estado de alarma, procediéndose a una liquidación definitiva una vez finalizado el mismo.
Y en cuanto al resto de tasas y tributos, el Consistorio piloñés se acogerá a lo dispuesto en el articulo 33 del Real Decreto-Ley 8/2020, de 18 de marzo, que establece que los plazos de pago en período voluntario de las deudas liquidadas por la Administración que no hayan concluido al 18 de marzo de 2020, se ampliarán hasta el 30 de abril de 2020. Aquellas que se notifiquen a partir del 18 de marzo de 2020, se extienden hasta el 20 de mayo de 2020.
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