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A juicio por prevaricación los dos últimos alcaldes socialistas de Ribadedeva

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A juicio por prevaricación los dos últimos alcaldes socialistas de Ribadedeva

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial acogerá mañana, martes 23 de abril, un juicio contra los exalcaldes de Ridadedeva, Alejandro Reimóndez y Jesús Bordás por un delito continuado de prevaricación, para los que la Fiscalía solicita, respectivamente, una pena de nueve y doce años de inhabilitación para ejercer cargo público.

Según el escrito del Ministerio Público, Reimondez, que ejerció el cargo entre junio de 2003 y junio de 2011, adjudicó de manera directa, bajo la figura de un contrato menor y sin la aplicación del procedimiento de concurrencia competitiva, la prestación de los servicios en materia de arquitectura y urbanismo, prorrogando el contrato en el tiempo durante años con una cuantía muy superior a los límites legales.

La Fiscalía sostiene que lo adjudicó con incumplimiento de las normas que regulaban la contratación en el sector público y con la finalidad de eludir los principios de publicidad, libre concurrencia, transparencia e igualdad de trato.

El 26 de agosto de 2003, el entonces alcalde dictó un decreto por el cual resolvió celebrar un contrato de consultoría y asistencia con una empresa, adjudicado de manera directa como contrato menor y que fue prorrogado mediante «prórrogas tácitas» hasta más allá de su cese en el cargo.

Por su parte, el exregidor Bordás, elegido alcalde en 2011, 2015 y 2019, también mantuvo la prestación de estos servicios con incumplimiento de las normas que regulaban la contratación en el sector público y con la finalidad de eludir los principios de publicidad, libre concurrencia, transparencia e igualdad de trato, según la Fiscalía.

De esta forma, igualmente mediante prórrogas tácitas mantuvo el referido contrato de asesoramiento con una cuantía muy superior a los límites legales.

La Fiscalía considera que los hechos constituyen un delito continuado de prevaricación y solicita que se condene a Reimondez y a Bordás, respectivamente, a la pena de nueve y doce años e inhabilitación especial para empleo o cargo público en las corporaciones locales, así como la imposibilidad de concurrir a ningún tipo de elección o ser nombrado para puesto representativo o ejecutivo o gestor por una autoridad pública por ese período, si bien no implicará la pérdida de su condición de funcionario si la tuviera.

La vista oral está señalada para mañana martes en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo, a las 10:30 horas.

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