
La nueva ordenanza de terrazas del Ayuntamiento de Ribadesella, la normativa que regulará la ocupación del dominio público municipal por parte de hosteleros y comerciantes tras su tercera modificación, entrará en vigor este miércoles 21 de abril tras su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA).
La gran novedad del nuevo reglamento es la que obliga a mantener un itinerario peatonal accesible (IPA) de 1,80 metros adyacente a la línea de fachada. De este modo, aquel establecimiento que invada ese espacio con cualquier elemento de su terraza o expositor comercial estará cometiendo una infracción grave. Estas se sancionarán con multas de 750 a 1.500 euros.
Es mas, los establecimientos que hagan uso de la vía pública deberán mantener permanentemente limpio tanto el tramo ocupado como el de tránsito (IPA). De este modo, las sidrerías tendrán expresamente prohibido el escanciado fuera de los chisqueros, elementos que serán de uso obligatorio en este tipo de establecimientos. Quien no cumpla con esta norma, quien escancie la sidra fuera de los chisqueros, se enfrentará a una infracción leve, sancionada con multas de hasta 750 euros.
Hace dos años, el Ayuntamiento de Ribadesella emprendió una campaña informativa encaminada a mejorar la higiene de las terrazas. Aquella actuación sirvió para despertar conciencias, pero con la nueva ordenanza se pretende poner coto a quienes incumplan de forma sistemática esta normativa.
Para facilitar la instalación de las nuevas terrazas, los titulares de la autorización podrán delimitar la superficie con vallas, pantallas, mamparas, elementos ornamentales como maceteros o con estructuras desmontables. Es decir, con la instalación de cenadores cerrados a dos o tres caras, cubiertos con toldo total o parcialmente. En este caso, la parte baja de los cerramientos solo podrán utilizar dos colores, el blanco o el azul de la bandera del concejo.
Las tarimas y las plataformas estarán prohibidas salvo en casos de desnivel excepcional. A su vez, el mobiliario de la terraza será preferentemente de madera tratada en su color natural. No obstante, se admitirán combinaciones metálicas, lona, anea, mimbre, bambú o plástico con composiciones de colores oscuros. No se admitirá publicidad de ningún tipo excepto la del propio establecimiento y la calidad del mobiliario de una misma terraza será uniforme.