
Un juzgado de Oviedo ha condenado a una pena de nueve años de inhabilitación para ejercer cargos públicos a los concejales de deportes del Ayuntamiento de Llanes entre los años 2007 y 2015, uno de ellos el actual portavoz socialista, José Manuel Herrero, por sendos delitos continuados de prevaricación administrativa.
El titular del Juzgado de lo Penal 1 de Oviedo ha seguido el criterio de la Fiscalía y la acusación particular, que ejercitó el Ayuntamiento de Llanes, que solicitaban que ambos fueran inhabilitados para el cargo de concejal u otros análogos con la administración del Estado durante nueve años por tres contrataciones irregulares.
El juez considera probado que el actual portavoz socialista José Manuel H.M. durante su etapa como concejal de Deportes, entre el 2 de julio de 2007 y el 11 de junio de 2011, autorizó verbalmente contratar a un médico deportivo, a una fisioterapeuta y a una nutricionista para trabajar en el Polideportivo de Llanes.
En los tres casos, lo hizo consciente de que no se llevaba a cabo oferta pública alguna, ni expediente administrativo pese a que con ello se impedía que otros profesionales pudieran acceder a estos servicios.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, destaca que José Manuel H.M. les autorizó «por voluntad propia, de forma verbal, automática» y el consistorio les abonó cuantas facturas presentaban sin cuestionarlas el servicio de Intervención municipal.
Emilio Francisco C.I. le relevó en la Concejalía de Deportes desde el 13 de junio de 2011 al 13 de junio de 2015 y en ese intervalo siguió autorizando las contrataciones del médico deportivo, la fisioterapeuta y la nutricionista sin contrato escrito, ni oferta pública y sólo por su propia voluntad facturando el consistorio «de forma automática», añade el fallo.
Según la sentencia, José Manuel H.M. y Emilio Francisco C.I. vulneraron con su actuación los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público, sin llevar a cabo el procedimiento administrativo y ambos tienen la capacidad suficiente porque «son personas instruidas» para saber que actuaban «de forma injusta, contraria a la ley, arbitraria, intencionada y dolosa».
Asimismo, el juez descarta que en su conducta afecte el hecho de que el actual alcalde, Enrique Riestra, tenga animadversión hacia Emilio Francisco C.I, como éste aseguró en el juicio, ni que la actual concejala de Deportes, María Luisa E., fuera quien denunció, ya que, según expone el fallo, eso es “irrelevante” para el enjuiciamiento, ya que se denunciaron unos hechos que no cumplían el procedimiento en la contratación de profesionales.
El juez absuelve al tercer acusado, Luis Arturo R.C.C., que ejerció como coordinador de Deportes, al retirarse la acusación contra él por parte de la Fiscalía y la acusación particular.
La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Oviedo.
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