
El Juzgado de la Contencioso-Administrativo nº 5 de Oviedo ha anulado la séptima modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT), aprobada por el Ayuntamiento de Llanes el 4 de abril de 2020. Este acuerdo había sido impugnado ante este tribunal por los sindicatos FESP-UGT y Avanza. El primero pedía la íntegra anulación de la nueva relación de puestos de trabajo y el segundo solo recurría el apartado V (punto 10), por el que se reclamaba el complemento de destino para el puesto de Educador social.
Al final, el tribunal ha anulado el conjunto de la modificación planteada por el Ayuntamiento de Llanes, la nueva RPT, unos puestos de trabajo que, según UGT, “fueron pergeñados dos días antes de la llegada de la nueva Secretaria nacional al Ayuntamiento y que supone un golpe a la línea de flotación de las políticas de personal llevadas a cabo por el alcalde de Llanes”. El sindicato también responsabiliza a la concejala de urbanismo por haber “intervenido muy directamente” en la confección de la nueva RPT.
Al tratarse de una sentencia dictada en primera instancia, esta puede ser recurrida por el Ayuntamiento de Llanes o cualquiera de la partes, aunque UGT insiste en destacar que anula la creación de los nuevos puestos de trabajo incluidos en esa RPT.