La Fiscalía de Asturias solicita una pena individual de cuatro años de cárcel y la inhabilitación para ejercer cualquier profesión relacionada con el turismo activo para los cuatro acusados por la muerte de una menor de 14 años en un descenso por el río Cares en julio de 2020.
El Ministerio Fiscal, que reclama además indemnizaciones superiores a los 200.000 euros para la familia de la menor fallecida, ha presentado ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Llanes su escrito, en el que califica los hechos de homicidio por imprudencia grave.
Los hechos ocurrieron el 3 de julio de 2020 cuando la menor, que pasaba sus vacaciones en un campamento de verano en Comillas (Cantabria), participaba en la actividad del descenso del río Cares, en las modalidades de rafting o canoa-raft, cuya práctica dependía del nivel del río.
Según el escrito fiscal, ese día el río presentaba un nivel de agua que oscilaba entre 1,04 y 1,03 metros, por lo que el propietario de la empresa de turismo activo contratada para realizar esta actividad optó por llevar a cabo la modalidad de descenso en canoa-raft, lo que suponía la bajada en embarcación hinchable de una o dos plazas siguiendo las indicaciones de un guía, frente a la modalidad de rafting que se hace en balsa y el monitor viaja en ella con los clientes.
La Fiscalía sostiene que este acusado sabía que los otros tres procesados carecían de titulación específica para cualquier actividad de turismo activo, así como de formación en materia de primeros auxilios y seguridad e ignoraban asimismo los protocolos de prevención de accidentes y su evacuación, lo que no impidió que actuaran como monitores durante el descenso.
Pese a que esta actividad era de riesgo y no era apta para menores de edad que pertenecieran a campamentos al tratarse de un río de aguas bravas y disponer de rápidos que dificultaban la navegabilidad, un total de 21 usuarios, entre ellos 18 niños de campamento participaron en el descenso.
El río tiene una zona conocida como “Pared del Agua”, a la altura del kilómetro 38 de la carretera AS-114, donde hay un rápido catalogado con un grado de III+, en una escala de I a IV con una roca en el centro y a su derecha un pequeño remanso donde debe permanecer un monitor para controlar el paso de las canoas al ser una zona peligrosa.
Sin embargo, según el escrito fiscal, no había monitores cuando descendía la canoa en la que viajaban dos niñas menores de edad que perdieron el control de la canoa, chocando con la roca y volcando.
Una de las menores salió a la superficie, donde se agarró a la canoa y la corriente la llevó hasta una zona más tranquila, donde fue ayudada por otro menor, pero su compañera quedó sumergida y atrapada en la grieta de la roca por el choque de la corriente de frente.
Ninguno de los acusados se dio cuenta de que la niña no había salido a flote y sólo se apercibieron de que faltaba a la hora de hacer el conteo, entre 10 y 30 minutos después del siniestro.
Los servicios de emergencia no fueron alertados hasta una hora después del accidente al contar con un solo móvil en una zona sin cobertura telefónica y, según la Fiscalía, tampoco previeron esta circunstancia ni valoraron la utilización de otros medios alternativos, como walkie-talkies y coche de apoyo por carretera.
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