
El ex arquitecto municipal de Llanes, A.R.N., ha defendido hoy que las parcelas seleccionadas para la ampliación del hotel Kaype son “suelo urbano consolidado” y que, a pesar de no estar edificadas, «son tan hotel como las otras», independientemente de la calificación urbanística que tuviesen en aquel momento.
El exarquitecto ha hecho estas afirmaciones durante la vista oral que hoy se celebra en el Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo, y en el que la Fiscalía interesa que se le imponga una pena de dos años y medio de prisión, diez años de inhabilitación especial y el pago de una multa de 13.500 euros.
El juicio se celebra después de que a principios de febrero de 2017 se procediera por orden judicial a la demolición tanto del edificio de nueva construcción como de la ampliación del inmueble preexistente, en la llanisca playa de Barro.
El acusado ha reconocido que desconocía que las parcelas estaban calificadas como suelo rústico, y que en el caso de haberlo sabido no hubiese alterado su informe, ya que ambas parcelas cumplen con las condiciones que establece la ley para ser calificadas como suelo urbano consolidado.
En este sentido, ha insistido en que esas parcelas estaban siendo usadas como aparcamiento por los clientes del hotel y que aunque no estuviesen edificadas y apareciesen como parcelas distintas «son tan hotel como las otras».
Respecto al requerimiento que hizo para que se agrupasen las parcelas con la del hotel, ha señalado que lo hizo por una cuestión «organizativa», con el propósito de ahorrar una problemática «innecesaria», nunca con el objetivo de conseguir un «aprovechamiento urbanístico».
A.R.N. ha explicado que, a la hora de realizar su informe, omitió ciertos datos del catastro porque «tenía errores», ya que en aquella época no recogía unas modificaciones en las parcelas realizadas en 2010, y que no fueron incluidos en su registro hasta el 2014.
Por este motivo, ha hecho hincapié en que la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias (CUOTA) «se equivocó» a la hora de acudir a los datos catastrales tras la petición vecinal para aclarar la legalidad del proyecto, ya que obviaba modificaciones ya realizadas en algunas parcelas.
Además, ha incidido que ese informe era «provisional» y que no era un documento que otorgase la licencia, ya que tras éste el proyecto debe estar sometido a un análisis «pormenorizado».
Acerca del proyecto, ha reconocido que «urgía que saliese adelante» y que había una «predisposición social» para ello, ya que suponía la mayor inversión en el concejo en aquella época e iba a generar «mucho empleo».
A pesar de que era «un interés de todos» ha negado haber recibido presiones y ha apuntado que el plus de productividad que recibió por valor de 20.000 euros, dividido en cuatro cuotas de 5.000 euros, fue por compaginar sus labores con la elaboración del Plan General de Llanes, lo que le obligaba a trabajar en su tiempo libre, incluido días festivos.
Por su parte, el funcionario de la CUOTA encargado de realizar los informes de esta parcela ha indicado que tras un análisis se concluyó que las tres parcelas podían ser calificadas como suelo urbano, pero sólo la que ocupaba el hotel sería urbano consolidado, mientras que las otras dos serían urbano no consolidado.
No obstante, estas dos podrían considerarse como suelo urbano consolidado en el caso de que se unificasen las tres parcelas, algo que dejaba dudas legales para el funcionario, ya que la unión para poder realizar la ampliación podría suponer un «fraude de ley».
Sobre este asunto, ha reconocido la posibilidad de que las parcelas fuesen edificables, aunque ha insistido en que se trata de un asunto de gran complejidad «jurídica y urbanística» y no existe una verdad absoluta sobre ello.
La Fiscalía sostiene que el acusado, actuando en el ejercicio propio de su cargo como arquitecto municipal del Ayuntamiento de Llanes y máximo responsable de la oficina técnica municipal, actuó con «total desprecio a los principios básicos de legalidad urbanística» para «dotar de apariencia de legalidad al proyecto de ampliación del hotel.
En su escrito de calificación provisional indica que el ex arquitecto defendió la agrupación registral de las parcelas con la finalidad de modificar su calificación urbanística atribuyendo una condición de suelo urbano consolidado a dos parcelas que no la tenían.
El Ministerio Público añade que, «aún a sabiendas de que lo declarado en el proyecto del promotor no se correspondía con la legalidad urbanística y catastral del ámbito de referencia», emitió un informe para determinar la edificabilidad de la parcela resultante, «atribuyendo una edificabilidad media muy superior a la que hubiese resultado de actuar conforme a los propios principios que establecía en su informe, esto es, datos catastrales».
La Fiscalía apunta que este «plan preconcebido» permitió obtener la licencia de agrupación en diciembre de 2012 y la de obras para la ampliación en marzo de 2013, posteriormente anuladas por la jurisdicción contencioso-administrativa tanto en primera instancia como en segunda.